domingo, 17 de febrero de 2013

1760: De cuando el templo de Santa Rosa de Parangueo dependía de la Parroquia de Salvatierra.

    Tratar de entender la organización que había en lo que hoy conocemos como Estado de Guanajuato no es cosa fácil cuando nos adentramos al siglo XVIII y más se complica cuando vemos la forma en que los templos se administraban en el siglo XVII, ni que decir del XVI. El caso de Santa Rosa de Parangueo es algo especial pues nos habla de un pleito que hubo entre Agustinos y Jesuitas, algo parecido sucedió, en Salvatierra cuando la hacienda de Huatzindeo estuvo en pleito entre Carmelitas y Franciscanos.

   Valle de Santiago dependió, algún tiempo, de Salamanca, es decir, Salamanca era el Curato y Valle de Santiago una vicaría. Luego obtendría el título de Parroquia y sus relaciones se volverían directamente con Valladolid, sitio en donde se asentaba la Diócesis de Michoacán y toda la Intendencia de Guanaxuato dependía, en lo eclesiástico del Obispado michoacano. Por lógica pensamos que, Santa Rosa de Parangueo dependería de la Parroquia de Valle de Santiago, pero no fue así, el motivo fue ese pleito. Para entender esto mejor, será bueno ver uno de los "reportes", por así decirlo, que el licenciado José Xavier Rivera envió al Obispo Pedro Anselmo Sánchez de Tagle en 1760.

    "En la ciudad de Salvatierra en dieciséis días del mes de junio de mil setecientos sesenta años, el licenciado don José Xavier de Rivera, abogado de la real audiencia de esta Nueva España, comisario del santo oficio de la inquisición y cruzada. Vicario in cápite y juez eclesiástico de esta ciudad y su jurisdicción, vicarías de San Nicolás y Santa Rosa de Paranguelo por el ilustrísimo señor doctor don Pedro Anselmo Sánchez de Tagle, dignísimo obispo de la santa iglesia catedral de Valladolid, provincia y obispado de Michoacán, del consejo de su majestad, etcétera, mi señor".

    De este modo es como comienza la relación enviada al Obispo de Michoacán, para tener una idea del poder que tenía el obispo, habrá que anotar que pertenecía a una de las familias más poderosas de Nueva España, los Sánchez de Tagle. Y sucedió que al asentarse los Agustinos en Yuriria ellos comenzaron a construir templos en las cercanías de su convento, uno de ellos fue el de Santa Rosa en Parangueo pero, sucedió que, al morir el Cura que administraba ese templo, fue segregada del curato de Yuriria, pasando a cargo de sacerdotes seculares, es decir, que no pertenecían a ninguna orden religiosa y que fueron asignados directamente por el obispo Sánchez de Tagle.

    "La vicaría de Santa Rosa Parangueo que antes estaba situada en la hacienda de Parangueo (que hoy es de los reverendos padres de la Sagrada Compañía de Jesús) por pleito que los reverendos padres de San Agustín del convento de Yuririahpúndaro siguieron contra don Pedro Bautista Retana, dueño que era de la expresada hacienda, habiendo éste obtenido contra los reverendos padres agustinos, se mudó la parroquia de dicha vicaría a tierras contiguas y que linda con las de dicha hacienda de Parangueo porque eran de los mencionados padres.

   "En este lugar se erigió la citada parroquia y la casa en que asisten los ministros que administran aquella feligresía en recinto tan corto y escaso de agua, que padecen acongojados los expresados ministros. No tiene esta administración más que un sólo pueblo de indios naturales que se nombra San Gerónimo. Y todo lo demás de su jurisdicción se compone de haciendas que están pobladas de arrendatarios, indios, mulatos, lobos e indios sirvientes acomodados en ellas. Todos los tributarios de su majestad católica (que Dios guarde).

   "Está situada esta dicha vicaría de Parangueo con todas las haciendas de su jurisdicción en este reino de Nueva España. Y su territorio todo no pertenece ni reconoce otro soberano si no es a nuestro católico monarca. Recauda los tributos en ella el alcalde mayor de la ciudad de Celaya y éste hace el entero y entrega de ellos en las citadas reales cajas de México y su contaduría de tributos.

   "Esto es todo cuanto su merced puede decir e individuar en cumplimiento de las reales órdenes del rey mi señor y mandato de vuestra señoría ilustrísima  en crédito de fidelidad con que como leal vasallo de su majestad debo servirlo. Que es la verdad y para que a su real católica majestad y a vuestra señoría ilustrísima conste la ejecución de todo lo mandado, lo firmó su merced ante mi el presente notario, de que doy fe.

Licenciado José Xavier de Rivera.
Ante mí, Antonio Perea de la Paz, notario receptor. (Rúbricas)

    Es evidente que este documento la razón por la cual se emitió fue para dar a conocer al Obispo, el cual, a su vez lo notificaba a la Real Audiencia y de allí al Rey y sus asistentes, de las condiciones, en términos de población y distribución de la misma en los distintos virreinos que conformaban lo que ahora conocemos como México. De allí se derivarían los cálculos de cuál sería la cantidad de tributo que él, el Rey, recibiría de sus súbitos, en este caso, de los avecindados en la Intendencia de Guanaxuato del Obispado de Michoacán.

Fuente:

Todo lo que transcribí en cursivas lo he tomado del libro:

Mazín Gómez, Oscar. El Gran Michoacán. Cuatro informes del obispado michoacano. 1759-1769. El Colegio de Michoacán. Zamora, 1986. pp. 76-80

Enlaces:

Para ver más sobre el templo de Santa Rosa de Parangueo, entra aquí.

Para ver más sobre la Hacienda de Parangueo, entra aquí.

Más fotos del templo de Santa Rosa Parangueo, aquí.

El antiguo panteón de Santa Rosa Parangueo, aquí.

No hay comentarios:

Publicar un comentario